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Zona Única de Pagos en Euros (SEPA).

Zona Única de Pagos en Euros (SEPA)

El Código de Cuenta Cliente (CCC) que identifica a las cuentas bancarias será sustituido por el código International Bank Account Number (IBAN), a partir del 1 de febrero 2014.

A los 20 dígitos que definen actualmente las cuentas, habrá que añadir cuatro más: dos que aluden al país de origen y otros dos que se corresponden con un dígito de control.

A modo de ejemplo, si su código actual CCC es 2100 0123 01 0123456789, pasará a convertirse en ES79 2100 0123 01 0123456789. Ésta será la numeración que deba usar para cualquier transacción nacional o transfronteriza que afecte a su cuenta.

La principal ventaja de estas domiciliaciones es que su cliente tendrá sólo dos días de plazo para devolver un recibo. Es más, si ya se ha realizado el cargo en cuenta y lo tiene autorizado con la firma del cliente constando expresamente que renuncia al derecho de devolución, ya no podrá pedir la devolución.


¿Cómo puedo saber cuál es el mi código IBAN?

a) En su entidad bancaria y a través de la banca electrónica se puede consultar directamente el IBAN asociado a su cuenta.

b) También se puede encontrar el código IBAN en extractos bancarios, talonarios, libretas…

c) El Portal Europeo sobre SEPA ha habilitado una herramienta de conversión para obtener el código IBAN. www.sepaesp.es


¿Cómo afecta el IBAN en mi empresa?


Cualquier transacción que se realice tanto dentro como fuera de España, a partir del 1 de febrero, deberá hacerse siempre a través del código IBAN.

Esto conlleva que:

a) Deberá sustituir su Código de Cuenta Corriente (CCC) por el IBAN en la documentación corporativa tales como facturas, talones, folletos o páginas web,

b) Deberá recabar el IBAN de sus empleados para los pagos de nómina vía transferencia.

c) En sus programas de gestión o bases de datos, deberá actualizar la información de sus clientes, proveedores y trabajadores para que se incluya el código IBAN.


¿Qué sucede si no se utiliza el IBAN en las transferencias?

El IBAN será, oficialmente, el sustituto al CCC como identificador de cuenta, así que en el caso de no disponer de este código, no se podrán ordenar las transacciones correspondientes.

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