JUNIO 2013 boletines anteriores
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Si su trabajador le pide simular un despido para cobrar el paro, sepa que…

Hasta hace relativamente poco tiempo esta práctica era habitual ya que el empresario no perdía nada al simular el despido y el trabajador ganaba el recibir una prestación de desempleo que no le correspondía si se iba voluntariamente del trabajo.

En la actualidad esta práctica es cada vez más arriesgada por los siguientes motivos:


A) El INEM puede exigir al trabajador despedido acreditación de haber percibido la indemnización legal correspondiente.

En el caso de que la indemnización no se hubiera percibido, ni se hubiera interpuesto demanda judicial en reclamación de dicha indemnización, el INEM pedirá la actuación de Inspección a los efectos de comprobar la veracidad del despido.

Consecuencias para el trabajador: Suspensión del abono de la prestación y devolución de las cantidades que pudiera haber percibido.

Consecuencias para el empresario: Si Inspección de Trabajo investiga el despido y verifica que ha existido fraude puede sancionar a la empresa con una multa de mínimo 3.005,07euros y un máximo de 90.151,82 euros.


B) Según la normativa vigente, en los despidos disciplinarios en los que se indemnice al trabajador o los despidos objetivos que mejoran la indemnización establecida de 20 días por año hasta la que hubiese correspondido de ser declarado improcedente, la indemnización ha de tributar (anteriormente a las indemnizaciones por despido no se les aplicaba la retención de IRPF).

Consecuencias para el trabajador: Tributará en el IRPF.

Consecuencias para el empresario: Tendrá que ingresar a Hacienda la parte correspondiente de retención sobre el importe de la indemnización con el consecuente aumento de coste para la empresa.

La indemnización puede quedar exenta de tributación siempre y cuando el despido quede jurídicamente reforzado llevando a cabo un acuerdo conciliatorio en vía administrativa


C) Responsabilidad Penal. La obtención o el disfrute fraudulento de prestaciones o quien facilite a otros su obtención ha pasado de ser una infracción administrativa a un delito penal castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión.

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